El STJ evaluará la inconstitucionalidad del traspaso de agua y cloacas en Regina a ARSA

El STJ se declaró competente ante el planteo que la concejal opositora Nadia Ilundayn presentó contra la intendencia de Luis Albrieu por irregularidades en la forma en que se aprobó la ordenanza de traspaso.

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro se declaró competente para intervenir en el pedido de inconstitucionalidad que planteó la concejal opositora de Nos Une Río Negro, Nadia Ilundayn, contra la intendencia de Regina, que lidera Luis Albrieu, por la forma en que se aprobó el traspaso del servicio de agua y cloacas de la órbita municipal a la empresa estatal Aguas Rionegrinas (ARSA), en octubre de 2024.

Los jueces del STJ, Ricardo Apcarian, Sergio Ceci y Liliana Piccinini, en un fallo fechado ayer miércoles, hizo suyos los argumentos del Procurador Jorge Crespo, «por una cuestión de brevedad», y decidieron que el cuerpo intervenga en el planteo de Ilundayn, que cuestionó la forma en que aprobó el traspaso.

La concejal de Nos Une Río Negro «solicitó concretamente que se declare la inconstitucionalidad de la Ordenanza 100/2024 de ese municipio en los términos del art. 207 inc. 1° de la Constitución Provincial y art. 3° del CPC», explicó Crespo en su opinión sobre el caso.

Crespo señaló que Ilundayn sostiene que las gestiones para aprobar la ordenanza «fueron realizadas en secreto por parte de las autoridades municipales, sustrayéndose de la publicidad de los actos de gobierno y determinando la disposición de bienes de propiedad de la municipalidad sin contar con la autoridad legal para hacerlo».

Los argumentos para pedir la inconstitucionalidad del traspaso


El bloque opositor en el Concejo Deliberante de Regina que lidera Ilundayn denunció «que en el Boletín Oficial se publicó el Convenio firmado, un listado de los agentes y bienes que serán objeto de la cesión en favor de ARSA y por último la adenda, pero dichos instrumentos no eran parte integrante del proyecto presentado».

La concejal sostuvo que «dicha circunstancia provoca una nulidad por sí misma, por diferir la ordenanza publicada (incluyendo sus anexos) de lo que efectivamente fue aprobado por el Concejo Deliberante».

«El intendente era el principal interesado en que el trámite legislativo se realice conforme lo pactado con el gobernador de la provincia (Alberto Weretilneck), por lo que ha adulterado el contenido de la ordenanza, agregando anexos que no fueron objeto de tratamiento legislativo, incurriendo así en un grave apartamiento del procedimiento de sanción de las ordenanzas locales», señaló Ilunday en sus planteos.

La concejal advirtió que también se han iniciado actuaciones penales en contra del intendente que se encuentran en etapa de investigación.

Crespo analizó el planteo, que ingresó en el Juzgado Contencioso Administrativo 15 de Roca a cargo de Matías Lafuente, que entendió que el tema debía ser analizado por el STJ, y señaló que la concejal de Nos Une Río Negro denunció una «serie de irregularidades en el procedimiento de gestación de la norma que -según expresa colisionarían con el texto de la Carta Orgánica de aquel municipio y con el Reglamento interno del Concejo Deliberante de la ciudad de Villa Regina».

La opinión del Procurador General, Jorge Crespo


El Procurador General Crespo señaló que «a la luz de lo expuesto, entiendo que la cuestión trasciende el mero interés del presentante, encontrándose involucrado el orden público ante la invocada transgresión al ordenamiento jurídico».

Crespo concluyó que la controversia «presenta ribetes de carácter institucional en los términos antes enunciados, siendo competente el Superior Tribunal de Justicia para entender en la presente causa».

La conclusión de Crespo fue avalada por los jueces del STJ que ahora analizarán el caso.


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