La medida que marca un paso atrás en derechos y libertades
El decreto 383/25 habilita a las fuerzas policiales a actuar sin control judicial, allanando el camino a la arbitrariedad, la represión indiscriminada y la criminalización de la protesta.

Mediante el Decreto 383/25, firmado por Milei, Francos y Bullrich, nombres que, en un futuro no muy lejano, podrían verse obligados a rendir cuentas ante la Justicia por esta decisión, el Gobierno nacional ha otorgado a la Policía Federal facultades exorbitantes que vulneran derechos fundamentales, garantías constitucionales y el principio básico de un sistema democrático: la libertad de expresión y acción dentro del marco legal.
Este decreto, lejos de ser una herramienta para la seguridad ciudadana, constituye un salto autoritario que habilita a las fuerzas policiales a actuar sin control judicial, allanando el camino a la arbitrariedad, la represión indiscriminada y la criminalización de la protesta social. La ausencia de una orden judicial, requisito elemental en un Estado de Derecho, convierte a los agentes policiales en jueces y verdugos, con el poder de decidir, bajo criterios subjetivos y potencialmente abusivos, quién representa una «amenaza» y quién debe ser privado de su libertad, aunque sea transitoriamente.
Detención por «potencial delito» surge del texto que establece que cualquier persona puede ser detenida si existen «circunstancias debidamente fundadas» que hagan presumir que podría cometer un delito. ¿Quién define ese «poderío»? ¿Qué parámetros objetivos evitan que esto se convierta en persecución por «portación de rostro», ideología o condición social? Esta redacción deliberadamente ambigua abre la puerta a detenciones arbitrarias y perfiles represivos, donde el único criterio será la discrecionalidad del oficial de turno. ¡Dios nos libre y guarde que nuestra tranquilidad, tiempo y libertad transitoria dependa de la voluntad policial!
En el inc. 8, se autoriza a la Policía Federal a «registrar y calificar a personas “dedicadas habitualmente a una actividad que la policía debe reprimir». Bajo esta fórmula, cualquier manifestante, activista o crítico del gobierno puede ser considerado un «blanco legítimo» de vigilancia y detención preventiva. Es la resurrección de figuras propias de los estados de sitio, donde la disidencia se equipara al delito.
Se meten con la vigilancia digital sin orden judicial: El decreto faculta a las fuerzas de seguridad a monitorear redes sociales y espacios digitales públicos en busca de «delitos posibles». Esto no solo viola la privacidad, sino que establece un precedente peligroso: la censura previa y la persecución por opiniones. En la práctica, podría derivar en requisas arbitrarias de teléfonos, revisión de mensajes privados y criminalización de expresiones políticas. Harán ciberpatrullaje buscando (¡vaya uno a saber que!) delitos posibles con lo que invaden un espacio, que si bien es público, también es garante de derechos individuales, personales y de libertad de expresión. Esto puede devenir en obligar a cualquier detenido en la calle a que abra su celular, para que le revisen las aplicaciones y busquen rastros de posteos o mensajes que puedan “considerarse sospechosos”.
El inc. 13, bajo el pretexto de la “prevención” permite a la Policía requisar personas y vehículos sin orden judicial, reviviendo prácticas propias de regímenes autoritarios. La experiencia histórica demuestra que estos mecanismos se utilizan de manera desproporcionada contra sectores vulnerables, bajo estereotipos discriminatorios.
Autoriza a la Policía, sin permiso judicial, a requisar personas (¡vamos, vamos, todos contra la pared, vamos guacho, las piernitas bien abiertas, vamos, no me escuchas pelotudo! *1) e inspeccionar los efectos que lleven consigo (¡vamos negrito, que carajo tenés en ese bolso!*2) y si vas en auto, pueden pararte y revisar el vehículo. Todo esto con la sola suposición policial que crea que los ciudadanos con bolsos, mochilas o en los autos, puedan ocultar algo que se vincule al delito.
No permitamos un retroceso institucional que tiene la potencialidad de graves consecuencias.
Este decreto no solo representa un quiebre del sistema de contrapesos, al eliminar la supervisión judicial, sino que también normaliza la represión como política de Estado. Cuando la discrecionalidad policial reemplaza a la ley, el resultado inevitable es la impunidad para los abusos y la persecución selectiva.
La Justicia, con todos sus defectos, al menos opera dentro de un marco procesal adversarial, que garantiza defensa y contradicción. Pero un policía no es un juez, y su «sospecha» no puede ser la base para restringir libertades.
Debemos ejercer, pacíficamente, la resistencia jurídica, política y social, frente a este avance autoritario y corresponde: Exigir la inmediata derogación del decreto, solicitar al Poder Judicial que lo declare nulo. Exigir al Parlamento todo, senadores y diputados, aunque no sea un DNU, que se pronuncien por su nulidad, inmediatamente.
Las referencias a los abusos policiales (*1 y *2) no son exageraciones: son recuerdos vivos y personales, de la acción policial, en gobiernos de facto.
* Exdiputado nacional por Río Negro (FpV- PJ)
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