Aumentó el Salario Mínimo, Vital y Móvil: en cuánto quedó la hora en mayo 2025
Por decreto, el Gobierno Nacional fijó el nuevo Salario Mínimo, Vital y Móvil en mayo 2025. También se actualizaron los montos mínimos y máximos de la Prestación por Desempleo. Los detalles.
El Gobierno Nacional que encabeza Javier Milei fijó por decreto el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) en mayo 2025 y los montos mínimos y máximos de la Prestación por Desempleo. Esto se dio como consecuencia de que el Consejo que trata el tema no alcanzó un consenso durante su reciente sesión plenaria.
La Resolución 5/2025 publicada en el Boletín Oficial establece los nuevos valores del SMVM para todos los trabajadores comprendidos en el Régimen de Contrato de Trabajo, el Régimen de Trabajo Agrario, la Administración Pública Nacional y entidades del Estado empleadoras.
El Consejo del Salario Mínimo se había reunido el martes 29 de abril 2025 sin lograr acordar los nuevos montos.
Salario Mínimo, Vital y Móvil: en cuánto quedó la hora en mayo 2025
El Gobierno Nacional fijó por decreto en mayo 2025 el nuevo Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM). En ese contexto, también se estableció en cuánto quedó la hora en el quinto mes del año. Los valores son los siguientes:
- A partir del 1° de abril de 2025: $ 302.600 para mensualizados y $ 1.513 por hora para jornalizados.
- A partir del 1° de mayo de 2025: $ 308.200 para mensualizados y $1.541 por hora para jornalizados.
- A partir del 1° de junio de 2025: $ 313.400 para mensualizados y $ 1.567 por hora para jornalizados.
- A partir del 1° de julio de 2025: $ 317.800 para mensualizados y $ 1.589 por hora para jornalizados.
- A partir del 1° de agosto de 2025: $ 322.000 para mensualizados y $ 1.610 por hora para jornalizados.
Salario Mínimo, Vital y Móvil: qué pasará con la Prestación por Desempleo en mayo 2025
En relación con la Prestación por Desempleo, la Resolución 5/2025 que fijó el nuevo Salario Mínimo, Vital y Móvil en mayo 2025 establece que se mantendrá la fórmula fijada previamente. El monto será equivalente a un 75% del importe neto de la mejor remuneración mensual, normal y habitual de los seis (6) meses anteriores al cese del contrato de trabajo.
Asimismo, se dispone que en «ningún caso la prestación mensual podrá ser inferior al 50% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente, ni superior al cien por ciento 100% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente».
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