Empleadas domésticas: ¿puedo trabajar por cuatro horas diarias?
Las empleadas domésticas pueden adherir a diversas formas de contratación. Conocé qué pasa con tu jornada laboral en este contexto.
- Las empleadas domésticas pueden ejercer su tarea durante cuatro horas diarias, una de las maneras más populares de contratación entre las trabajadoras de casas particulares, dada la flexibilidad en la legislación argentina que habilita esto.
- La legislación laboral que rige el trabajo de las empleadas domésticas en Argentina indica que la contratación de una trabajadora de casa particular tiene un límite: no más de ocho horas diarias o unas 48 horas semanales; pero no así un tiempo base mínimo determinado.
- Así, se puede considerar el trabajo de una empleada doméstica por cuatro horas, pagando los montos correspondientes a esta tarea asumida, acordes a la categoría establecida por el escalafón y sus responsabilidades.
Empleadas domésticas: entonces, ¿puedo trabajar cuatro horas por día?
La respuesta es sí, las empleadas domésticas pueden ser contratadas por turnos de solo cuatro horas, siempre y cuando esto se acuerde con el empleador y en tanto se atiendan las condiciones laborales correspondientes a casa caso.
Según lo establecido por la legislación argentina, la jornada de trabajo de las empleadas domésticas, al igual que de otros trabajadores, tiene un límite: no más de ocho horas diarias o hasta 48 horas semanales, de acuerdo a lo previsto.
Por su parte, deben respetarse los tiempos de descanso de las empleadas domésticas entre una jornada laboral y la otra, además de contemplarse la incorporación en la rutina de los asuetos por fin de semana, es decir sábado y domingo como días de descanso.
Empleadas domésticas: cuáles son las obligaciones del empleador
De acuerdo a lo previsto por la ley, además de pagar las contribuciones correspondientes a la registración, el empleador debe garantizar a la empleada doméstica durante su jornada laboral:
- Ropa y elementos de trabajo correspondientes.
- Alimentación sana y suficiente: es decir desayuno, almuerzo, merienda o cena, según lo que dure la jornada de trabajo.
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